La presente norma crea quince becas en el exterior, tres por la Provincia de Panamá y dos por cada una de las otras provincias, para panameños de escasos recursos de quince a veinticinco años de edad, con la obligación de obtener un título de idoneidad en la ciencia, arte o industria a que se hubieren dedicado. TEMAS RELACIONADOS: BECAS, LEY.
Fecha de norma: 28/12/1910
Gaceta: 1326 (16/01/1911)
Afectación: MODIFICADO POR
Esta norma fue modificada por medio de la Ley N° 45 de 1910.