Por disposición expresa de esta Ley, quedan derogados los Artículos 2°, 5°, 6°, 10 y 11 de la Ley 23 de 17 de noviembre de 1950, sobre fomento y protección de crías de caballos, y se dictan otras medidas relacionadas con este tema. TEMAS RELACIONADOS: LEY, CARRERAS , ASAMBLEA NACIONAL, CRIADEROS, CABALLOS, ANIMALES.
Fecha de norma: 10/02/1998
Gaceta: 23484 (17/02/1998)
Afectación: DEROGADO POR
Esta Ley es derogada por el Decreto-Ley No. 2 de 10 de febrero de 1998.
Fecha de norma: 17/11/1950
Gaceta: 11354 (30/11/1950)
Afectación: DEROGA PARCIALMENTE
Esta Ley derogó los Artículos 2, 5, 6, 10 y 11 de la Ley número 23 de 17 de noviembre de 1950.