Por medio del referido Decreto Ley se adicionó un Parágrafo al Artículo 694 del Código Fiscal de 1956, en lo que hacía referencia a las ganancias o rentas que, para los efectos de dicho Artículo, no debían considerarse como renta producida dentro del territorio de la República de Panamá. TEMAS RELACIONADOS: CODIGO FISCAL, RENTAS.
Fecha de norma: 27/01/1956
Gaceta: 12995 (29/06/1956)
Afectación: ADICIONA PARCIALMENTE
El Decreto-Ley No. 26 de 23 de septiembre de 1957, adiciona con un parágrafo el Artículo 694 del Código Fiscal, aprobado por Ley 8 de 27 de enero de 1956.