Mediante esta Ley, se derogó el Artículo 31 de la Ley número 19 de 29 de enero de 1958, que modificó el Artículo 88 del Decreto Ley número 14 de 27 de agosto de 1954, referente a las pensiones y jubilaciones del Estado pagadas por la Caja de Seguro Social por cuenta del Tesoro Nacional. TEMAS RELACIONADOS: PENSION, JUBILACION, LEY, ASAMBLEA NACIONAL, CAJA DE SEGURO SOCIAL, SEGURO SOCIAL, PENSION VITALICIA.
Fecha de norma: 29/01/1958
Gaceta: 13470 (17/02/1958)
Afectación: DEROGA PARCIALMENTE
Esta Ley derogó el Artículo 31 de la Ley número 19 de 29 de enero de 1958.