Mediante este Decreto se dictaron medidas encaminadas a recaudar el impuesto equivalente a los derechos de importación que las concesionarias de contratos celebrados con la Nación hubieran convenido en pagar sobre los productos vendidos por ellas para el consumo dentro de la República de Panamá. TEMAS RELACIONADOS: IMPUESTOS, PETROLEO, MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO, CONCESIONARIO, DECRETO, DECRETO EJECUTIVO, REFINERIAS , IMPUESTO DE IMPORTACION, ADMINISTRACION GENERAL DE RENTAS INTERNAS, HIDROCARBUROS.
Fecha de norma: 14/07/1992
Gaceta: 22083 (22/07/1992)
Afectación: DEROGADO POR
El Decreto de Gabinete 29 de 14 de julio de 1992, derogó el Decreto 61 de 22 de marzo de 1962.