Esta Ley adicionó el Código Fiscal en lo que respecta a la forma como los accionistas, socios o tenedores de bonos de empresas que por razones contractuales no estuvieran afectadas por las disposiciones vigentes del impuesto sobre la renta, pagarían el impuesto sobre dividendos a que hace referencia el Artículo 702 del referido Código. TEMAS RELACIONADOS: IMPUESTOS, LEY, ASAMBLEA NACIONAL, CODIGO FISCAL, IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
Fecha de norma: 27/01/1956
Gaceta: 12995 (29/06/1956)
Afectación: ADICIONA PARCIALMENTE
Esta Ley adicionó el Artículo 702 del Código Fiscal con los Parágrafos 1, 2 y 3.