Por medio de esta Ley, se modificó el Artículo 953 del Código Fiscal, que se refiere al descuento establecido en favor de los dueños de establecimientos comerciales que quisieran dedicarse a la venta de especies venales de consumo general, y que estuvieran inscritos en el libro que para tal efecto se llevaría el Ministerio de Hacienda y Tesoro. TEMAS RELACIONADOS: ESTAMPILLAS, PAPEL SELLADO, LEY, MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO, TIMBRES NACIONALES, ESPECIES VENALES, CODIGO FISCAL, IMPUESTO DE TIMBRES.
Fecha de norma: 27/01/1956
Gaceta: 12995 (29/06/1956)
Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE
La presente Ley modificó el Artículo 953 del Código Fiscal.