Datos generales
Norma: DECRETO
Número de norma: 15
Fecha de la norma: 07/02/1964
Autoridad: MINISTERIO DE EDUCACION
Vigencia: COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE
Gacetas: 15060 (17/02/1964)
Título: POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL ARTICULO N° 42 DE LA LEY 47 DE 1946, ORGANICA DE EDUCACION.
Comentario:

Por medio del anotado Decreto se reglamentó el artículo 42 de la Ley Orgánica de Educación, que se refiere a la obligación del Estado de crear escuelas en todas las comunidades con una población no inferior a 25 niños, en un área no menor de dos kilómetros de radio; en tal sentido, se establecieron los requisitos necesarios para la apertura de escuelas primarias oficiales. TEMAS RELACIONADOS: ESCUELAS, MINISTERIO DE EDUCACION, ESCUELAS PRIMARIAS, EDUCACION OFICIAL.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
15060 17/02/1964 Ver
Temas en la norma
Materia
EDUCACION OFICIAL
ESCUELAS
ESCUELAS PRIMARIAS
MINISTERIO DE EDUCACION
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
DECRETO 15
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
47 24/09/1946 10113 02/10/1946 REGLAMENTA PARCIALMENTE Por medio de este Decreto se reglamenta el Artículo N° 42 de la Ley N° 47 de 24 de septiembre de 1946.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 24/09/1946

Gaceta: 10113 (02/10/1946)

Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE

Por medio de este Decreto se reglamenta el Artículo N° 42 de la Ley N° 47 de 24 de septiembre de 1946.

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