13/11/1967
"Y es por ello, que la Corte Suprema, Pleno, en un todo de acuerdo con el señor Procurador Auxiliar de la Nación, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA que es inconstitucional la Ley 36 de 1965, que dice: "... pero no serán elegibles para cargos de elección popular, quienes hubieren ejercido empleos con mando y jurisdicción o con jurisdicción coactiva hasta seis (6) meses antes de la fecha de la elección."