| Comentario: |
A través del aludido Decreto Ley se restableció la vigencia de los ordinales 2, 3, 8, 9 y 10, el Parágrafo del Artículo 116 del Código Fiscal, y se restableció la vigencia de los Artículos 121, 122, 126, 127, 128, 131, 140, 141, 142, 147, 148, 179, 180, 181, 182, 183, 184, 185, 186, 187, 188, 189, 190, 191, 192, 193, 218, 219, 240, 241, 250 y 282 del mismo Código. Por su parte, quedaron modificados los Artículos 12, 218, 219 y 250 del comentado Código. Este Decreto Ley derogó todas las disposiciones legales y reglamentarias en cuanto fueran contrarias al mismo. TEMAS RELACIONADOS: TERRENOS, TIERRAS ADJUDICABLES, CODIGO FISCAL, COMISION LEGISLATIVA PERMANENTE, DECRETO LEY, GRANJAS ESCOLARES, REFORMA AGRARIA, SERVIDUMBRE, BOSQUES, TIERRAS INADJUDICABLES, TIERRAS BALDIAS. |