La citada Ley modificó el Código Fiscal en lo que respecta al avalúo de los bienes donados o relictos, los giros y documentos que llevarían estampillas por valor de B/.0.10, el impuesto sobre mercados, y la autoridad competente para imponer sanciones que se refieran a rentas internas. TEMAS RELACIONADOS: LEY, TIMBRES, ASAMBLEA NACIONAL, CODIGO FISCAL, BIENES, IMPUESTO SOBRE MERCADOS, BIENES RELICTOS.
Fecha de norma: 27/01/1956
Gaceta: 12995 (29/06/1956)
Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE
La presente Ley modificó los Artículos 833, 967, 1025 y 760 del Código Fiscal.