Mediante este Decreto, se restableció la vigencia de los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 12, se modificó el Artículo 11 y se adicionó el Artículo 13 del Decreto número 234 de 9 de junio de 1960, que permitió la existencia de asociaciones estudiantiles de carácter científico, artístico, deportivo, social y cívico. En tal sentido, se dictaron otras disposiciones sobre el funcionamiento y organización de estas asociaciones. TEMAS RELACIONADOS: EDUCACION, MINISTERIO DE EDUCACION, ALUMNOS, ASOCIACION, ASOCIACIONES ESTUDIANTILES, ESTUDIANTES.
Fecha de norma: 09/06/1960
Gaceta: -
Afectación: ADICIONA Y MODIFICA PARCIALMENTE
Este Decreto modificó el Artículo 11 y adicionó el Artículo 13 del Decreto número 234 de 9 de junio de 1960.
Afectación: RESTABLECE LA VIGENCIA PARCIALMENTE
Este Decreto restableció la vigencia de los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 12 del Decreto número 234 de 9 de junio de 1960.