El presente Decreto estableció las atribuciones de la Junta de Censura de Espectáculos Públicos, Películas y Televisión; señaló los requisitos necesarios para ser miembro de la Junta Nacional o Distritorial de Espectáculos; y se establecieron categorías para los efectos de la censura de películas cinematográficas o de otros espectáculos públicos o de televisión. TEMAS RELACIONADOS: JUNTA DE CENSURA, MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, ESPECTACULOS PUBLICOS, DECRETO, TELEVISION, JUNTA DE CENSURA DE ESPECTACULOS PUBLICOS, PELICULAS CINEMATOGRAFICAS.
Fecha de norma: 06/08/1969
Gaceta: 16433 (27/08/1969)
Afectación: DEROGADO POR
Este Decreto fue derogado por el Decreto de Gabinete número 251 de 6 de agosto de 1969.
Fecha de norma: 31/10/1960
Gaceta: 14527 (29/09/1961)
Afectación: DEROGA
Este Decreto derogó el Decreto número 500 de 31 de octubre de 1960.