Mediante este Decreto, se facultó al Órgano Ejecutivo para que traspasara a título gratuito al Instituto de Vivienda y Urbanismo, la propiedad de los lotes que le pertenecían a la Nación, conocidos como el Ferrocarril, ubicados en la Ciudad de Panamá, cuyo usufructo tenía el Instituto de Fomento Económico. TEMAS RELACIONADOS: FERROCARRIL NACIONAL, TITULOS DE PROPIEDAD, COMISION LEGISLATIVA PERMANENTE, DECRETO LEY, TRASPASO, INSTITUTO DE FOMENTO ECONOMICO.
Fecha de norma: 30/01/1953
Gaceta: 12012 (27/02/1953)
Afectación: DEROGA PARCIALMENTE
Este Decreto Ley derogó los Artículos 37, 38 y 39 de la Ley número 3 de 30 de enero de 1953.
Gaceta: 12006 (20/02/1953)