Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 29
Fecha de la norma: 30/01/1967
Autoridad: ASAMBLEA NACIONAL
Vigencia: DESDE SU PROMULGACION
Gacetas: 15802 (13/02/1967)
Título: POR LA CUAL SE CREA UNA ESCUELA VOCACIONAL PROVINCIAL EN LA CABECERA DE CADA PROVINCIA; EL SERVICIO DE ADIESTRAMIENTO PRACTICO LOCAL PARA LOS DISTRITOS Y COLECTIVIDADES INDIGENAS; LAS BIBLIOTECAS MINIMAS TECNICAS Y SE CONCEDEN AUTORIZACIONES RELACIONADAS CON ESTAS INSTITUCIONES.
Comentario:

A través de este cuerpo legal, se creó en cada Provincia una Escuela Vocacional Regional y se fijaron sus fines. Asimismo, en los Distritos y colectividades rurales o indígenas se creó un Servicio de Adiestramiento Práctico Local. De igual modo, se crearon la Junta Nacional y las Juntas Provinciales de Educación Vocacional y se fijaron sus funciones. El impuesto adicional que establece el Artículo 19, regirá 60 días después de la promulgación de la presente Ley. TEMAS RELACIONADOS: LEY, ASAMBLEA NACIONAL, ADIESTRAMIENTO, ESCUELA VOCACIONAL, JUNTA NACIONAL DE EDUCACION VOCACIONAL, JUNTA PROVINCIAL DE EDUCACION VOCACIONAL, COMUNIDAD INDIGENA.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
15802 13/02/1967 Ver
Temas en la norma
Materia
ADIESTRAMIENTO
ASAMBLEA NACIONAL
COMUNIDAD INDIGENA
ESCUELA VOCACIONAL
JUNTA NACIONAL DE EDUCACION VOCACIONAL
JUNTA PROVINCIAL DE EDUCACION VOCACIONAL
LEY
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
LEY 29
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
32 12/02/1970 16545 17/02/1970 DEROGADO PARCIALMENTE POR El artículo 18 de la presente ley fue derogado por el decreto de gabinete 32 de 12 de febrero de 1970.
259 18/08/1969 16437 02/09/1969 DEROGADO POR Esta Ley fue derogada por el Decreto de Gabinete número 259 de 18 de agosto de 1969.
450 02/08/1967 15939 28/08/1967 REGLAMENTADO POR Esta Ley fue reglamentada por el Decreto número 450 de 2 de agosto de 1967.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 12/02/1970

Gaceta: 16545 (17/02/1970)

Afectación: DEROGADO PARCIALMENTE POR

El artículo 18 de la presente ley fue derogado por el decreto de gabinete 32 de 12 de febrero de 1970.

Fecha de norma: 18/08/1969

Gaceta: 16437 (02/09/1969)

Afectación: DEROGADO POR

Esta Ley fue derogada por el Decreto de Gabinete número 259 de 18 de agosto de 1969.

Fecha de norma: 02/08/1967

Gaceta: 15939 (28/08/1967)

Afectación: REGLAMENTADO POR

Esta Ley fue reglamentada por el Decreto número 450 de 2 de agosto de 1967.

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