Datos generales
Norma: DECRETO DE GABINETE
Número de norma: 33
Fecha de la norma: 06/02/1969
Autoridad: JUNTA PROVISIONAL DE GOBIERNO
Vigencia: A PARTIR DE SU PROMULGACION
Gacetas: 16926 (26/08/1971)
Título: POR EL CUAL SE ESTABLECE COMO DEBEN CONSTITUIRSE LAS FIANZAS DE CUMPLIMIENTO DE TODOS LOS CONTRATOS QUE CELEBRE LA NACION CON PERSONAS NATURALES Y JURIDICAS.
Comentario:

El citado Decreto de Gabinete dispone que en todos los contratos que celebre la Nación, con cualquier persona natural o jurídica, las fianzas de cumplimiento habrán de constituirse en dinero efectivo o en títulos de créditos del Estado, o en pólizas de compañías de seguros, o en cheques librados o certificados por bancos locales. TEMAS RELACIONADOS: CONTRATO, DECRETO DE GABINETE, JUNTA PROVISIONAL DE GOBIERNO, FIANZA, FIANZA DE CUMPLIMIENTO.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
16926 26/08/1971 Ver
Temas en la norma
Materia
CONTRATO
DECRETO DE GABINETE
FIANZA
FIANZA DE CUMPLIMIENTO
JUNTA PROVISIONAL DE GOBIERNO
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
DECRETO DE GABINETE 33
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
84 25/03/1971 16839 26/04/1971 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La citada Norma es modificada en su Artículo 1 por el Decreto de Gabinete N° 84 de 25 de Marzo de 1971.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 25/03/1971

Gaceta: 16839 (26/04/1971)

Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR

La citada Norma es modificada en su Artículo 1 por el Decreto de Gabinete N° 84 de 25 de Marzo de 1971.

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