El citado Decreto Ejecutivo dispone que el 20% del producto del impuesto adicional de degüello, se le entregará a la Asociación Nacional de Ganaderos y a las Asociaciones Provinciales; y el 80% se destinará para los programas que desarrolla el Ministerio de Agricultura y Ganadería. TEMAS RELACIONADOS: IMPUESTOS, DECRETO EJECUTIVO, JUNTA PROVISIONAL DE GOBIERNO, FONDOS, MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA.
Fecha de norma: 22/12/1976
Gaceta: 18244 (30/12/1976)
Afectación: DEROGADO POR
Este Decreto Ejecutivo fue derogado por la Ley número 75 de 22 de diciembre de 1976.