Por medio de la referida Ley se modificaron los Artículos 879 (impuesto de fabricación de licores) y 896 (impuesto de fabricación de cerveza) del Código Fiscal. TEMAS RELACIONADOS: LEY, LICORES, CODIGO FISCAL, CERVEZA, CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION.
Fecha de norma: 27/01/1956
Gaceta: 12995 (29/06/1956)
Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE
La presente Ley modificó los Artículos 879 y 896 del Código Fiscal.