Datos generales
Norma: DECRETO DE GABINETE
Número de norma: 142
Fecha de la norma: 17/08/1972
Autoridad: JUNTA PROVISIONAL DE GOBIERNO
Vigencia: DESDE LA FECHA DE SU PROMULGACION
Gacetas: 17177 (04/09/1972)
Título: POR EL CUAL SE PRORROGA LA VIGENCIA Y SE ADICIONA EL ARTICULO 88 DEL DECRETO-LEY 16 DE 30 DE JUNIO DE 1960.
Comentario:

Por medio del presente Decreto de Gabiente se establecieron medidas para el control migratorio de los extranjeros y legalización de su permanencia en el país, en lo referente al otorgamiento de: permisos provisionales de permanencia a los extranjeros sin residencia que se encontraran en el país; permisos especiales válidos para residir solamente en sectores territoriales determinados de la Provincia de Darién, a los colombianos que cruzaran la frontera; y, permisos provisionales de permanencia a los extranjeros que se encontraran residiendo sin legalizar su documentación en las zona bananeras, regiones agrícolas de las Provincias de Chiriquí y Bocas del Toro. TEMAS RELACIONADOS: EXTRANJEROS, PERMISO TEMPORAL, MIGRACION, DECRETO DE GABINETE, JUNTA PROVISIONAL DE GOBIERNO, RESIDENTE TEMPORAL.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
17177 04/09/1972 Ver
Temas en la norma
Materia
DECRETO DE GABINETE
EXTRANJEROS
JUNTA PROVISIONAL DE GOBIERNO
MIGRACION
PERMISO TEMPORAL
RESIDENTE TEMPORAL
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
DECRETO DE GABINETE 142
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
16 30/06/1960 14167 05/07/1960 PRORROGA LA VIGENCIA PARCIALMENTE Este Decreto de Gabinete prorrogó la vigencia del Artículo 88 del Decreto Ley número 16 de 30 de junio de 1960, por el término de doce meses.
16 30/06/1960 14167 05/07/1960 ADICIONA PARCIALMENTE Este Decreto de Gabinete adicionó el Artículo 88 del Decreto Ley número 16 de 30 de junio de 1960.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 30/06/1960

Gaceta: 14167 (05/07/1960)

Afectación: PRORROGA LA VIGENCIA PARCIALMENTE

Este Decreto de Gabinete prorrogó la vigencia del Artículo 88 del Decreto Ley número 16 de 30 de junio de 1960, por el término de doce meses.

Fecha de norma: 30/06/1960

Gaceta: 14167 (05/07/1960)

Afectación: ADICIONA PARCIALMENTE

Este Decreto de Gabinete adicionó el Artículo 88 del Decreto Ley número 16 de 30 de junio de 1960.

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