Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 83
Fecha de la norma: 22/12/1976
Autoridad: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Vigencia: 1 DE ENERO DE 1977
Gacetas: 18245 (31/12/1976)
Título: POR LA CUAL SE ADOPTAN NORMAS QUE INTRODUCEN MODIFICACIONES RELATIVAS AL REGIMEN ORGANICO DEL IPAT.
Comentario:

A través de esta Ley se realizaron cambios en el régimen orgánico del Instituto Panameño de Turismo. TEMAS RELACIONADOS: DESARROLLO TURISTICO, INSTITUTO PANAMEÑO DE TURISMO, LEY, ACTIVIDAD TURISTICA, TURISMO, CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION, HOTELES, REGIMEN ORGANICO.

Vigencias de la norma
No hay vigencias registradas para esta norma.
Archivos Fuentes
Archivos de la norma
Nombre de archivo Archivo
18245_16718.pdf Ver

Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
18245 31/12/1976 Ver
Temas en la norma
Materia
ACTIVIDAD TURISTICA
CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
DESARROLLO TURISTICO
HOTELES
INSTITUTO PANAMEÑO DE TURISMO
LEY
REGIMEN ORGANICO
TURISMO
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
LEY 83
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
22 15/09/1960 14248 13/10/1960 ADICIONA Y MODIFICA PARCIALMENTE Esta Ley modificó los Artículos 1 y 2; los acápites a), c), e), f), g), h) y ñ) del Artículo 3; los acápites e), f) e i) del Artículo 4; los numerales 1 y 2 del acápite m) y el acápite c) del Artículo 17; los acápites l) y m) del Artículo 22; el Artículo 29; el acápite e) y el párrafo final del Artículo 31; y el Artículo 31-A del Decreto Ley número 22 de 15 de septiembre de 1960. A su vez, adicionó el referido Decreto Ley con los acápites s) y t) en el Artículo 3 y con el acápite j) en el Artículo 4.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 15/09/1960

Gaceta: 14248 (13/10/1960)

Afectación: ADICIONA Y MODIFICA PARCIALMENTE

Esta Ley modificó los Artículos 1 y 2; los acápites a), c), e), f), g), h) y ñ) del Artículo 3; los acápites e), f) e i) del Artículo 4; los numerales 1 y 2 del acápite m) y el acápite c) del Artículo 17; los acápites l) y m) del Artículo 22; el Artículo 29; el acápite e) y el párrafo final del Artículo 31; y el Artículo 31-A del Decreto Ley número 22 de 15 de septiembre de 1960. A su vez, adicionó el referido Decreto Ley con los acápites s) y t) en el Artículo 3 y con el acápite j) en el Artículo 4.

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