Mediante el anotado instrumento legal, se establecen incentivos fiscales a inversiones turísticas debidamente inscritas en el Registro Nacional de Turismo y se señalan obligaciones para aquellas personas que se beneficien con tales incentivos. TEMAS RELACIONADOS: DESARROLLO TURISTICO, INSTITUTO PANAMEÑO DE TURISMO, INVERSION, ACTIVIDAD TURISTICA, TURISMO, INCENTIVOS, FISCALES, HOTELES.
Fecha de norma: 08/11/2012
Gaceta: 27159-A (08/11/2012)
Afectación: DEROGADO PARCIALMENTE POR
El artículo 7 de esta ley fue derogado por la ley 80 de 8 de noviembre de 2012.
Fecha de norma: 14/06/1994
Gaceta: 22558 (15/06/1994)
Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE
Esta norma modifica el artículo 45 de la ley 8 de 14 de junio de 1994.