Datos generales
Norma: RESOLUCION
Número de norma: 201-29
Fecha de la norma: 23/04/1974
Autoridad: DIRECCION GENERAL DE INGRESOS
Vigencia: 15 DIAS DESPUES DE SU PUBLICACION EN LA GACETA OFICIAL
Gacetas: 17585 (03/05/1974)
Título: RESOLUCION 201-29.
Comentario:

Mediante esta Resolución se aclaró el Parágrafo del Decreto de Gabinete número 78 de 18 de diciembre de 1968, en el sentido de señalar que la expresión "sólo se considerarán vehículos automotores usados", significa que aquellos manufacturados dentro de por los menos 3 años antes de su introducción al territorio panameño, se considerarían como autos nuevos, avaluándose según su valor en el mercado del país de origen en el año de su manufactura. TEMAS RELACIONADOS: VEHICULOS, IMPUESTOS, DERECHO DE IMPORTACION, ARANCEL DE IMPORTACION, IMPUESTO DE IMPORTACION, AUTOMOVILES, DIRECCION GENERAL DE INGRESOS.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
17585 03/05/1974 Ver
Temas en la norma
Materia
ARANCEL DE IMPORTACION
AUTOMOVILES
DERECHO DE IMPORTACION
DIRECCION GENERAL DE INGRESOS
IMPUESTO DE IMPORTACION
IMPUESTOS
VEHICULOS
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
RESOLUCION 201-29
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
78 18/12/1968 16267 26/12/1968 ACLARA Esta Resolución aclara el Parágrafo del Decreto de Gabinete número 78 de 18 de diciembre de 1968.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 18/12/1968

Gaceta: 16267 (26/12/1968)

Afectación: ACLARA

Esta Resolución aclara el Parágrafo del Decreto de Gabinete número 78 de 18 de diciembre de 1968.

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