Mediante este Decreto, se reglamentó la expedición de certificados en las terminales del sistema de procesamiento de datos del Registro Público, en los lugares en que éstas se ubicaran. TEMAS RELACIONADOS: MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, BASE DE DATOS, CERTIFICADOS, DECRETO, REGISTRO PUBLICO, MEDIOS ELECTRONICOS.
Fecha de norma: 30/08/1999
Gaceta: 23878 (03/09/1999)
Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR
La presente norma modifico el articulo 1 del Decreto 29 de 26 de marzo de 1979.