Mediante la referida Ley, se adicionó un Parágrafo al Artículo 12 de la Ley número 100 DE 1974, respecto de los nacimientos de los hijos de padres o madres santeños, residentes en la provincia de Los Santos, que ocurrieran en el Distrito de Chitré, los cuales serían anotados en el libro de nacimientos del Registro Civil como si hubieran ocurrido en la provincia de Los Santos. TEMAS RELACIONADOS: NACIMIENTO, LEY, PROVINCIA DE LOS SANTOS, REGISTRO, REGISTRO CIVIL, TRIBUNAL ELECTORAL, CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION.
Fecha de norma: 25/07/2006
Gaceta: 25599 (31/07/2006)
Afectación: DEROGADO POR
Esta Ley fue derogada por la Ley número 31 de 25 de julio de 2006.
Fecha de norma: 30/12/1974
Gaceta: 17774 (04/02/1975)
Afectación: ADICIONA PARCIALMENTE
Esta Ley adicionó un Parágrafo el Artículo 12 de la Ley número 100 de 30 de diciembre de 1974.