Datos generales
Norma: LEY
Número de norma: 20
Fecha de la norma: 29/09/1983
Autoridad: CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
Vigencia: A PARTIR DE SU PROMULGACION
Gacetas: 19909 (30/09/1983)
Título: POR LA CUAL SE DICTA LA LEY ORGANICA DE LAS FUERZAS DE DEFENSA DE LA REPUBLICA DE PANAMA.
Comentario:

Por conducto de la referida norma, se dicta la Ley Orgánica de las Fuerzas de Defensa de la República de Panamá, las cuales funcionarán bajo un solo comando y estarán constituidas por: La Guardia Nacional, La Fuerza Aérea Panameña, La Fuerza Marina Nacional, La Fuerza de Defensa del Canal de Panamá, La Fuerza de Policía, La Dirección Nacional del Tránsito, El Departamento Nacional de Investigaciones, El Departamento de Migración y cualquier otra dependencia análoga a las anteriores que le sea adscrita. Nota: Las disposiciones de esta Ley no son aplicables a la Policía Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 131 de la Ley número 18 de 3 de junio de 1997. TEMAS RELACIONADOS: LEY, CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION, FUERZA PUBLICA, FUERZAS DE DEFENSA.

Vigencias de la norma
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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
19909 30/09/1983 Ver
Temas en la norma
Materia
CONSEJO NACIONAL DE LEGISLACION
FUERZA PUBLICA
FUERZAS DE DEFENSA
LEY
Jurisprudencia constitucional
Fecha Título Explicación Acciones
18/03/1993 "La entonces Procuradora de la Administración, Dra. Aura Feraud, promovió proceso constitucional en el cual pide a la Corte Suprema de Justicia que declare que es inconstitucional el inciso segundo del artículo 71 de la Ley 20 de 1983." "En consecuencia, el PLENO de la Corte Suprema, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA que es inconstitucional el inciso segundo del artículo 71 de la Ley 20 de 1983." Ver
29/12/1983 Demanda de Inconstitucionalidad propuesta por el Lic. Diner Vindas contra los arts. 1 al 30, 33, 34, 35, 36, 38, 39, 45, 51, 56, 58, 59, 63, 66, 68 y 74 de la Ley 20 del 29 de septiembre de 1983, Sobre las Fuerzas de Defensa de la República de Panamá. Por todo lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Pleno, en el ejercicio de sus facultades de guarda de la integridad de la Constitución, DECLARA: PRIMERO: Que no son inconstitucionales el artículo 11, el parágrafo final del artículo 63, el artículo 66 y únicamente la frase "sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal", del primer párrafo del artículo 68 de la Ley 20 de 29 de septiembre de 1983. Ver
18/03/1993

"En consecuencia, el PLENO de la Corte Suprema, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA que es inconstitucional el inciso segundo del artículo 71 de la Ley 20 de 1983."

29/12/1983

Por todo lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Pleno, en el ejercicio de sus facultades de guarda de la integridad de la Constitución, DECLARA: PRIMERO: Que no son inconstitucionales el artículo 11, el parágrafo final del artículo 63, el artículo 66 y únicamente la frase "sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal", del primer párrafo del artículo 68 de la Ley 20 de 29 de septiembre de 1983.

Referencias
LEY 20
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
7 20/08/2008 26109 22/08/2008 DEROGADO POR Esta Ley fue derogada por el Decreto Ley número 7 de 20 de agosto de 2008.
2 11/01/2006 25463 13/01/2006 MODIFICADO PARCIALMENTE POR La Ley 20 de 29 de septiembre de 1983, fue modificada en su artículo 61 por el Decreto Ley 2 de 11 de enero de 2006.
S/N 18/03/1993 22487 04/03/1994 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR El Fallo de 18 de marzo de 1993, declara inconstitucional el inciso segundo del artículo 71 de esta Ley.
S/N 29/12/1983 19995 13/02/1984 DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR El Artículo 11, el párrafo final del Artículo 63, el Artículo 66, y la frase "sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal", contenida en el primer párrafo del Artículo 68 de esta Ley, fueron declarados inconstitucionales por el fallo de 29 de diciembre de 1983.
LEY 20
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
50 30/11/1958 13707 09/12/1958 DEROGA Mediante la referida Norma se derogala Ley 50 de 30 de Noviembre de 1958.
44 23/12/1953 12255 24/12/1953 DEROGA Esta Ley derogó la Ley número 44 de 23 de diciembre de 1953.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 20/08/2008

Gaceta: 26109 (22/08/2008)

Afectación: DEROGADO POR

Esta Ley fue derogada por el Decreto Ley número 7 de 20 de agosto de 2008.

Fecha de norma: 11/01/2006

Gaceta: 25463 (13/01/2006)

Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR

La Ley 20 de 29 de septiembre de 1983, fue modificada en su artículo 61 por el Decreto Ley 2 de 11 de enero de 2006.

Fecha de norma: 18/03/1993

Gaceta: 22487 (04/03/1994)

Afectación: DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR

El Fallo de 18 de marzo de 1993, declara inconstitucional el inciso segundo del artículo 71 de esta Ley.

Fecha de norma: 29/12/1983

Gaceta: 19995 (13/02/1984)

Afectación: DECLARADO PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL POR

El Artículo 11, el párrafo final del Artículo 63, el Artículo 66, y la frase "sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Penal", contenida en el primer párrafo del Artículo 68 de esta Ley, fueron declarados inconstitucionales por el fallo de 29 de diciembre de 1983.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 30/11/1958

Gaceta: 13707 (09/12/1958)

Afectación: DEROGA

Mediante la referida Norma se derogala Ley 50 de 30 de Noviembre de 1958.

Fecha de norma: 23/12/1953

Gaceta: 12255 (24/12/1953)

Afectación: DEROGA

Esta Ley derogó la Ley número 44 de 23 de diciembre de 1953.

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