Mediante el presente Decreto, se dispuso que los miembros del personal de educación no podrían ejercer ningún oficio, profesión u ocupación que los inhabilitara para cumplir satisfactoriamente sus obligaciones regulares, salvo los casos que expresamente señala esta norma. TEMAS RELACIONADOS: MAESTRO, EDUCACION, EMPLEADOS PUBLICOS, MINISTERIO DE EDUCACION, PROFESORES, DECRETO, DOCENTE.
Fecha de norma: 05/08/2020
Gaceta: 29094 (19/08/2020)
Afectación: DEROGADO POR
Se derogo el presente Decreto por el Resuelto N° 804 de 5 de marzo de 2020.
Fecha de norma: 27/09/1996
Gaceta: 23137 (04/10/1996)
El presente Decreto fue derogado por el Decreto Ejecutivo número 203 de 27 de septiembre de 1996.