A través del referido Decreto se reconoció estabilidad en el desempeño de sus cargos, a los servidores públicos al servicio del Gobierno Central o de las entidades autónomas o semiautónomas que a la vigencia de este Decreto hubieran prestado servicios contínuos durante dos años de comprobada honestidad, competencia, lealtad y moralidad en el servicio. Este Decreto estaría en vigencia hasta tanto se adoptara la ley sobre carrera administrativa. TEMAS RELACIONADOS: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, CARRERA ADMINISTRATIVA, DECRETO, SERVIDORES PUBLICOS.
Fecha de norma: 26/12/1989
Gaceta: 21442 (26/12/1989)
Afectación: DEROGADO POR
Este Decreto fue derogado por el Decreto de Gabinete número 1 de 26 de diciembre de 1989.