A través de la mencionada norma, se reforma el artículo No. 6 del Decreto No. 155 de 28 de mayo de 1962, que trata de las concesiones para explotar el servicio de radiodifusión, el cual se otorgará sólo a los nacionales panameños y a personas jurídicas panameñas, que cumplan con los requisitos exigidos por Ley. TEMAS RELACIONADOS: MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, RADIODIFUSION, DECRETO EJECUTIVO, CONCESIONES.
Fecha de norma: 30/06/1999
Gaceta: 23832 (05/07/1999)
Afectación: DEROGADO POR
La Ley 24 de 30 de junio de 1999, deroga el Decreto Ejecutivo No. 13 de 9 de febrero de 1987, ya que se derogan todas las modificaciones del Decreto No. 155 de 28 de mayo de 1962.
Fecha de norma: 28/05/1962
Gaceta: 14649 (08/06/1962)
Afectación: REFORMA PARCIALMENTE
El Decreto Ejecutivo N° 13 de 9 de febrero de 1987, reforma el artículo 6 del Decreto N° 155 de 28 de mayo de 1962.