La presente norma, declara en suspenso el aumento del gravamen sobre importación de arroz y café, establecido por el Artículo N°2 de la Ley N°19 de 1920; ya que, está en pugna con las obligaciones contraídas por la República en el arreglo celebrado con los Estados Unidos de América, conocido con el nombre de Convenio Taft. TEMAS RELACIONADOS: IMPUESTOS, GRAVAMEN, MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS, MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO, SECRETARIA DE HACIENDA Y TESORO, ARROZ.
Fecha de norma: 13/12/1920
Gaceta: 3508 (22/12/1920)
Afectación: SUSPENDE PARCIALMENTE
La presente norma suspende el aumento del gravámen sobre la importación de arroz y café, establecido en el Artículo 2 de la Ley 19 de 1920.