Por conducto de esta norma, se reglamenta la entrada al país de automóviles de funcionarios diplomáticos panameños rentados que presten servicios en el extranjero a su regreso definitivo al país, los cuales gozarán de una exoneración de impuestos. TEMAS RELACIONADOS: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, EXONERACION DE IMPUESTOS, DECRETO EJECUTIVO, AUTOMOVILES, FUNCIONARIO DIPLOMATICO.
Fecha de norma: 11/07/1957
Gaceta: 13294 (13/07/1957)
Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE
El Decreto Ejecutivo N° 21 de 27 de enero de 1986, reglamenta el artículo 118 del Decreto Ley N° 10 de 11 de julio de 1957.