Este Decreto de Gabinete reformó y adicionó el Decreto de Gabinete número 38 de 10 de febrero de 1990, en el sentido de incluir como componente integrante de la Fuerza pública al Servicio de Protección Institucional. Nota: Las disposiciones de este Decreto de Gabinete no son aplicables a la Policía Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 131 de la Ley número 18 de 3 de junio de 1997. TEMAS RELACIONADOS: POLICIA NACIONAL, CONSEJO DE GABINETE, DECRETO DE GABINETE, SERVICIO DE PROTECCION INSTITUCIONAL, FUERZA PUBLICA, PROTECCION INSTITUCIONAL.
Fecha de norma: 20/08/2008
Gaceta: 26109 (22/08/2008)
Afectación: DEROGADO POR
Este Decreto de Gabinete fue derogado por el Decreto Ley número 7 de 20 de agosto de 2008.
Fecha de norma: 10/02/1990
Gaceta: 21479 (20/02/1990)
Afectación: ADICIONA Y REFORMA PARCIALMENTE
El presente Decreto de Gabinete reformó el Artículo Cuarto y adicionó el Decreto de Gabinete número 38 de 10 de febrero de 1990.