Datos generales
Norma: FALLO
Número de norma: S/N
Fecha de la norma: 20/07/1990
Autoridad: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Vigencia: COPIESE, NOTIFIQUESE Y PUBLIQUESE
Gacetas: 21713 (28/01/1991)
Título: FALLO DE 20 DE JULIO DE 1990.
Comentario:

Mediante el presente Fallo la Corte Suprema de Justicia, declara que no procede la advertencia de inconstitucionalidad de los artículos 1545 y 1549 y que no son inconstitucionales los artículos 1552 y 1555 del Código de Comercio, referente a la privación del ejercicio de los derechos inherentes a la ciudadanía. TEMAS RELACIONADOS: CIUDADANIA, CODIGO DE COMERCIO, ADVERTENCIA DE INCONSTITUCIONALIDAD, CONSTITUCION POLITICA, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, FALLO.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
21713 28/01/1991 Ver
Temas en la norma
Materia
ADVERTENCIA DE INCONSTITUCIONALIDAD
CIUDADANIA
CODIGO DE COMERCIO
CONSTITUCION POLITICA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
FALLO
Jurisprudencia constitucional
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Referencias
FALLO S/N
REFERENCIAS POSTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
S/N 17/04/1991 21767 17/04/1991 CORREGIDO POR A través de la Fe de Errata de 17 de abril de 1991, se corrige la parte resolutiva del Fallo del 20 de julio de 1990.
FALLO S/N
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
2 (C. COMERCIO) 22/08/1916 2418 07/09/1916 DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL El Fallo de 20 de julio de 1990, tal y como como aparece corregido en su parte resolutiva mediante Fe de Errata publicada en la Gaceta Oficial N.° 21,767 de 17 de abril de 1991, declaró que era inconstitucional la frase: "...estará privado del ejercicio de los derechos inherentes a la ciudadanía con la Constitución de la República de Panamá" del Artículo 1554 del Código de Comercio.
2 22/08/1916 2404 22/08/1916 DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL El Fallo de 20 de julio de 1990, tal y como como aparece corregido en su parte resolutiva mediante Fe de Errata publicada en la Gaceta Oficial N.° 21,767 de 17 de abril de 1991, declaró que era inconstitucional la frase: "...estará privado del ejercicio de los derechos inherentes a la ciudadanía con la Constitución de la República de Panamá" del Artículo 1554 del Código de Comercio.
Referencias posteriores

Fecha de norma: 17/04/1991

Gaceta: 21767 (17/04/1991)

Afectación: CORREGIDO POR

A través de la Fe de Errata de 17 de abril de 1991, se corrige la parte resolutiva del Fallo del 20 de julio de 1990.

Referencias anteriores

Fecha de norma: 22/08/1916

Gaceta: 2418 (07/09/1916)

Afectación: DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL

El Fallo de 20 de julio de 1990, tal y como como aparece corregido en su parte resolutiva mediante Fe de Errata publicada en la Gaceta Oficial N.° 21,767 de 17 de abril de 1991, declaró que era inconstitucional la frase: "...estará privado del ejercicio de los derechos inherentes a la ciudadanía con la Constitución de la República de Panamá" del Artículo 1554 del Código de Comercio.

Fecha de norma: 22/08/1916

Gaceta: 2404 (22/08/1916)

Afectación: DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL

El Fallo de 20 de julio de 1990, tal y como como aparece corregido en su parte resolutiva mediante Fe de Errata publicada en la Gaceta Oficial N.° 21,767 de 17 de abril de 1991, declaró que era inconstitucional la frase: "...estará privado del ejercicio de los derechos inherentes a la ciudadanía con la Constitución de la República de Panamá" del Artículo 1554 del Código de Comercio.

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