A través de la presente Ley, se subrogó el inciso introductorio y el párrafo décimo del Artículo 1179 del Código Fiscal, que se refiere a las características de la moneda panameña de níquel, cobre y zinc, inferior al balboa. TEMAS RELACIONADOS: LEY, MONEDA NACIONAL, MONEDAS, ASAMBLEA LEGISLATIVA, CODIGO FISCAL, ACUÑACION.
Fecha de norma: 27/01/1956
Gaceta: 12995 (29/06/1956)
Afectación: SUBROGA PARCIALMENTE
Esta Ley subrogó el inciso introductorio y el párrafo décimo del Artículo 1179 del Código Fiscal.