A través del mencionado Decreto de Gabinete, se modifica la partida 02.01.01.01, del Arancel de Importación. Aunado a lo anterior, se declara abierta la importación y exportación de carne de ganado vacuno deshuesada y en canal, ganado en pie, machos y hembras no aptos para la reproducción. . TEMAS RELACIONADOS: EXPORTACION, IMPORTACION, ARANCEL DE IMPORTACION, CONSEJO DE GABINETE, DECRETO DE GABINETE, GANADERIA, CARNES.
Fecha de norma: 12/06/1985
Gaceta: 20353 (22/07/1985)
Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE
El comentado Decreto de Gabinete, modifica la partida 02.01.01.01, del Arancel de Importación (Decreto No. 54 de 12 de junio de 1985).