La presente norma, decreta que es objetivo primordial de la presente Ley garantizar que la población escolar panameña que asiste a los centros oficiales de educación pre-escolar y primaria, tenga acceso a una merienda ligera diaria para complementar la dieta familiar, en bienestar del estudiante, con el fin de obtener un mejor rendimiento escolar. Quedan derogadas todas las disposiciones legales y reglamentarias contrarias a la presente Ley. TEMAS RELACIONADOS: EDUCACION, MINISTERIO DE EDUCACION, EDUCACION PRIMARIA..
Fecha de norma: 05/12/2019
Gaceta: 28916-A (06/12/2019)
Afectación: ADICIONADO Y MODIFICADO PARCIALMENTE POR
Se modificaron los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 7 y se adicionó el artículo 5-A de la presente Ley por la Ley N° 115 de 6 de diciembre de 2019.
Fecha de norma: 29/06/2009
Gaceta: 26314 (30/06/2009)
Afectación: MODIFICADO PARCIALMENTE POR
La Ley 36 de 29 de junio de 2009, modifica el artículo 2 de la Ley 35 de 6 de julio de 1995.
Fecha de norma: 14/07/1995
Gaceta: 22826 (14/07/1995)
Afectación: CORREGIDO POR
Mediante la Fe de Errata de 14 de julio de 1995, se corrige un error involuntario en la Ley No.35 de 6 de julio de 1995, publicada en la Gaceta Oficial No.22823 de martes 11 de julio de 1995.