Mediante la presente norma, se reglamenta el artículo 240 de la Ley No. 29 de 1 de febrero de 1996, relativo a los productos que, según la Organización Mundial de la Salud, de las Naciones Unidas, cumplen con los más altos estándares de calidad en su proceso de fabricación. TEMAS RELACIONADOS: MINISTERIO DE SALUD, ALIMENTOS, DECRETO EJECUTIVO, REGISTRO SANITARIO, SEGURIDAD ALIMENTARIA.
Fecha de norma: 10/01/2001
Gaceta: 24218 (12/01/2001)
Afectación: DEROGADO POR
El referido Decreto es derogado, por la Ley No. 1, de 10 de Enero de 2001.
Fecha de norma: 01/02/1996
Gaceta: 22966 (03/02/1996)
Afectación: REGLAMENTA PARCIALMENTE
Este Decreto Ejecutivo, reglamentó el artículo 240 de la Ley 29 de 1 de febrero de 1996.