Ante la Corte Suprema de Justicia, se presentó una demanda de inconstitucionalidad en contra de los numerales 1 y 2 del artículo 57 del Código de Comercio, y dicho Tribunal consideró que los mismos son de carácter inconstitucional, por ser violatorios de los artículos 19 y 52 de la Constitución Política. TEMAS RELACIONADOS: CODIGO DE COMERCIO, INCONSTITUCIONALIDAD, CODIGOS, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, FALLO, FALLO DE INCONSTITUCIONALIDAD.
Fecha de norma: 22/08/1916
Gaceta: 2418 (07/09/1916)
Afectación: DECLARA INCONSTITUCIONAL
El presente Fallo declaró que eran inconstitucionales los numerales 1 y 2 del Artículo 57 del Código de Comercio.
Gaceta: 2404 (22/08/1916)
Afectación: DECLARA PARCIALMENTE INCONSTITUCIONAL