Datos generales
Norma: DECRETO DE GABINETE
Número de norma: 60
Fecha de la norma: 10/10/1997
Autoridad: CONSEJO DE GABINETE
Vigencia: A PARTIR DE SU PROMULGACION
Gacetas: 23400 (16/10/1997)
Título: POR EL CUAL SE ADICIONA EL DECRETO DE GABINETE N°. 38 DE 8 DE AGOSTO DE 1997, EL QUE A SU VEZ MODIFICO EL ARANCEL DE IMPORTACION.
Comentario:

Mediante el presente Decreto de Gabinete, se adicionó el Artículo Cuarto al Decreto de Gabinete número 38 de 8 de agosto de 1997, por el cual se dispuso señalar que la liberación del impuesto de importación con respecto a las partidas 2710.00.11, 2710.00.19, 2710.00.49, 2710.00.51 y 2710.00.61 (correspondientes a la Gasolina de 87 octanos, Las demás, Los demás, "Diesel" y Fuel Oil) surtiría sus efectos desde el día 26 de julio de 1997. TEMAS RELACIONADOS: GASOLINA, DERECHO DE IMPORTACION, ARANCEL DE IMPORTACION, CONSEJO DE GABINETE, DECRETO DE GABINETE, IMPUESTO DE IMPORTACION, COMBUSTIBLE, HIDROCARBUROS.

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Gacetas relacionadas
Gaceta N° Fecha Archivo
23400 16/10/1997 Ver
Temas en la norma
Materia
ARANCEL DE IMPORTACION
COMBUSTIBLE
CONSEJO DE GABINETE
DECRETO DE GABINETE
DERECHO DE IMPORTACION
GASOLINA
HIDROCARBUROS
IMPUESTO DE IMPORTACION
Jurisprudencia constitucional
No hay jurisprudencia constitucional relacionada.
Referencias
DECRETO DE GABINETE 60
REFERENCIAS ANTERIORES
Norma N.º de norma Fecha de norma N.º de Gaceta Fecha de Gaceta Afectación Comentario
38 08/08/1997 23358 20/08/1997 ADICIONA PARCIALMENTE Este Decreto de Gabinete adicionó el Artículo Cuarto al Decreto de Gabinete número 38 de 8 de agosto de 1997.
Referencias anteriores

Fecha de norma: 08/08/1997

Gaceta: 23358 (20/08/1997)

Afectación: ADICIONA PARCIALMENTE

Este Decreto de Gabinete adicionó el Artículo Cuarto al Decreto de Gabinete número 38 de 8 de agosto de 1997.

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