Mediante este Decreto-Ley, se autoriza a la Dirección General de Ingresos a expedir Certificados con Poder Cancelatorios Especiales y se establecen los requisitos para poder otorgarlos. TEMAS RELACIONADOS: MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO, CERTIFICADOS, CONSEJO DE GABINETE, DECRETO LEY, DIRECCION GENERAL DE INGRESOS, CERTIFICADO CON PODER CANCELATORIO.
Fecha de norma: 07/07/1998
Gaceta: 23584 (13/07/1998)
Afectación: REGLAMENTADO POR
Esta Norma, es reglamentada por el Decreto N°84 de 7 de julio de 1998.
Fecha de norma: 27/01/1956
Gaceta: 12995 (29/06/1956)
Afectación: ADICIONA PARCIALMENTE
Este Decreto-Ley adiciona el parágrafo 16 del artículo 1057v del Código Fiscal.