La citada Ley, establece que la Cárcel Modelo estará bajo la vigilancia de un Director, que devengará un sueldo de ciento cincuenta balboas mensuales y tendrá bajo su manejo todo el personal subalterno que en ella trabaje, y se determina el sueldo de cada uno de ellos. Deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. TEMAS RELACIONADOS: CARCEL, PERSONAL SUBALTERNO, SUELDOS, SALARIO, LEY, PERSONAL ADMINISTRATIVO.
Fecha de norma: 01/07/1941
Gaceta: 8559 (19/06/1941)
Afectación: DEROGADO POR
La presente norma ha sido derogada en todas sus partes por la Ley 87 de 1 de julio de 1941.