Mediante este Decreto Ejecutivo, se adicionó el Decreto Ejecutivo número 170 de 1993 en el sentido de aclarar que la exención en cuanto al pago del impuesto sobre la renta, a que estarían sujetos los intereses por financiamientos pagados por entidades bancarias ubicadas en Panamá a entidades financieras en el exterior, no se vería afectada por el hecho de que tales sumas fueran pagadas a dicha entidad extranjera en su carácter de agente de pago o fiduciario de una emisión internacional de valores del banco establecido en Panamá. TEMAS RELACIONADOS: MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO, EXONERACION DE IMPUESTOS, BANCOS, DECRETO EJECUTIVO, IMPUESTO SOBRE LA RENTA, EXENCION, ENTIDADES DE CREDITO.
Fecha de norma: 27/10/1993
Gaceta: 22412 (12/11/1993)
Afectación: ADICIONA PARCIALMENTE
El presente Decreto Ejecutivo adicionó un párrafo al literal e) del Artículo 13 del Decreto Ejecutivo número 170 de 27 de octubre de 1993.