En virtud de la referida norma, se deroga el Artículo 6 de la Ley N° 28 de 20 de junio de 1995, reformatorio del Artículo 702 del Código Fiscal, y se modifica el numeral 2 del literal B del Artículo 2 de la Ley N° 97 de 21 de diciembre de 1998, referente las funciones del Ministerio de Economía y Finanzas. TEMAS RELACIONADOS: LEY, MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS, PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO, GASTO PUBLICO, ASAMBLEA LEGISLATIVA, CODIGO FISCAL, INCENTIVOS.
Fecha de norma: 21/12/1998
Gaceta: 23698 (23/12/1998)
Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE
Esta norma modifica lo estipulado por el numeral 2 del literal B del Artículo 2 de la Ley N° 97 21 de diciembre de 1998.
Fecha de norma: 20/06/1995
Gaceta: 22810 (22/06/1995)
Afectación: DEROGA PARCIALMENTE
Esta norma deroga el Artículo 6 de la Ley N° 28 de 20 de junio de 1995.