A través de la presente Ley, se establecen los requisitos que deberán seguirse, para realizar inversiones con los recursos del Fondo Fiduciario para el Desarrollo. TEMAS RELACIONADOS: INVERSION, LEY, ASAMBLEA LEGISLATIVA, FONDOS, FONDO FIDUCIARIO.
Fecha de norma: 15/05/1995
Gaceta: 22784 (17/05/1995)
Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE
Esta norma modifica el artículo 3 de la Ley N° 20 de 15 de mayo de 1995.