La referida Ley, establece que el Poder Legislativo se ejerce por medio de la Asamblea Nacional, la cual contará con un Diputados por cada quince mil habitantes, y uno por el residuo que no baje de la mitad. Además, se señala que los Diputados serán elegidos por un período de cuatro años. TEMAS RELACIONADOS: DIPUTADOS, LEY, PODER LEGISLATIVO, CIRCUITO ELECTORAL, ASAMBLEA NACIONAL, CONSTITUCION POLITICA.
Fecha de norma: 15/02/1904
Gaceta: -
Afectación: REFORMA PARCIALMENTE
La presente Ley reforma el artículo 53 de la Constitución Política de 1904.