Mediante esta Ley se dictaron disposiciones en temas tales como: la rebaja de penas, la extinción de la responsabilidad por las faltas, el pago de horas extraordinarias a los empleados de establecimientos comerciales, y el derecho de licencia de los empleados subalternos del Poder Ejecutivo. TEMAS RELACIONADOS: CODIGO ADMINISTRATIVO, PENA, JORNADAS EXTRAORDINARIAS, LEY, PODER EJECUTIVO, PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, REBAJA DE PENAS, ASAMBLEA NACIONAL, EMPLEADOS, LICENCIA CON SUELDO.
Fecha de norma: 04/02/1919
Gaceta: 3084 (07/05/1919)
Afectación: SUBROGA PARCIALMENTE
Esta Ley subrogó el Artículo 3 de la Ley número 15 de 4 de febrero de 1919.
Gaceta: 3029 (18/02/1919)
Fecha de norma: 22/08/1916
Gaceta: 2418 (07/09/1916)
Afectación: MODIFICA Y SUBROGA PARCIALMENTE
Esta Ley modificó los Artículos 892, 897 y 1093, y subrogó los Artículos 807 y 1088 del Código Administrativo.