Mediante la presente norma, se reglamenta la referida Ley 47 de 2001, la cual establece, que todo vehículo de transporte terrestre público, ya sea de carga o de pasajeros, llevará adherida en su carrocería láminas o cintas reflectivas desde el momento en que se efectúe la inspección vehicular anual. TEMAS RELACIONADOS: MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, AUTORIDAD DE TRANSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE, DECRETO EJECUTIVO, VEHICULO DE CARGA.
Fecha de norma: 29/05/2002
Gaceta: 24567 (05/06/2002)
Afectación: MODIFICADO POR
El Decreto Ejecutivo 63 de 20 de Marzo de 2002, fue modificado en su artículo 9 por el Decreto Ejecutivo 127 de 29 de Mayo de 2002.
Fecha de norma: 14/08/2001
Gaceta: 24368 (17/08/2001)
Afectación: REGLAMENTA
El Decreto Ejecutivo No.63 de 20 de marzo de 2002, reglamenta la ley No.47 de 14 de agosto de 2001.