El presente Decreto suspendió provisionalmente los efectos de la Ley número 8 de 20 de enero de 1919, por la cual se concedió autorización al Poder Ejecutivo para que celebrara contratos sobre exploraciones y explotaciones mineras, debido a ciertas deficiencias que afectaban los intereses nacionales. Nota: Este Decreto se reproduce en el número 5756 de la Gaceta Oficial de 17 de mayo de 1930. TEMAS RELACIONADOS: LEY, MINAS, MINERALES, EXPLORACION, DECRETO, RECURSOS MINERALES, EXPLOTACION DE MINAS, SECRETARIA DE AGRICULTURA Y OBRAS PUBLICAS, EXPLORACION DE MINERALES.
Fecha de norma: 20/01/1919
Gaceta: 3027 (03/02/1919)
Afectación: SUSPENDE LOS EFECTOS PROVISIONALMENTE
Este Decreto suspendió provisionalmente los efectos de la Ley número 8 de 20 de enero de 1919.