El presente Decreto derogó los Decretos número 20 y número 64 de 1930, que establecieron las formalidades de la tornaguía para todas las reexportaciones de mercaderías que se hicieran de los almacenes de depósito en embarcaciones menores de 1,500 toneladas de capacidad. TEMAS RELACIONADOS: MERCANCIA, LICORES, CONTRABANDO, DECRETO, DEPOSITO DE MERCANCIAS, REEXPORTACIONES, EMBARCACIONES, ALMACEN OFICIAL DE DEPOSITO, TORNAGUIA, FRAUDE.
Fecha de norma: 24/06/1930
Gaceta: 5795 (15/07/1930)
Afectación: DEROGA
Este Decreto derogó el Decreto número 64 de 24 de junio de 1930.
Fecha de norma: 22/02/1930
Gaceta: 5701 (11/03/1930)
Este Decreto derogó el Decreto número 20 de 22 de febrero de 1930.