Por conducto de esta norma, se rebaja por un término de sesenta días el impuesto al consumo de algunos productos derivados del petróleo. Esta Ley comenzará a regir desde el vencimiento de la Ley 10 de 2005. TEMAS RELACIONADOS: PETROLEO, LEY, ASAMBLEA NACIONAL, CODIGO FISCAL, COMBUSTIBLE, IMPUESTO DE PETROLEO.
Fecha de norma: 23/08/2005
Gaceta: 25369 (23/08/2005)
Afectación: CORREGIDO POR
La Fe de Errata de 23 de agosto de 2005, corrige error involuntario en la publicación de la Ley 30 de 17 de agosto de 2005, y la publica íntegramente.
Fecha de norma: 27/01/1956
Gaceta: 12995 (29/06/1956)
Afectación: MODIFICA PARCIAL Y TEMPORALMENTE
La Ley 30 de 17 de agosto de 2005, modifica temporalmente el Artículo 1057-G del Código Fiscal.