Mediante la comentada Ley, se regulan las sanciones por las infracciones a las normas reglamentarias sobre la pesca, establecidas en el Capítulo V, del Título VI, del Libro I, del Código Fiscal; se establece además, el destino de los fondos recaudados, por el cobro de las referidas multas, impuestas y recaudadas. TEMAS RELACIONADOS: PESCA, LEY, ASAMBLEA NACIONAL, CODIGO FISCAL, MULTA, PESCA COMERCIAL.
DECLARA QUE NO ES INCONSTITUCIONAL el artículo 297 del Código Fiscal, según quedó modificado por el artículo 1 de la Ley 9 de 21 de febrero de 2005.
Fecha de norma: 18/03/2021
Gaceta: 29244-A (18/03/2021)
Afectación: DEROGADO POR
La presente norma deroga la Ley 9 de 2005, mediante la cual se modifico el articulo 297 del Código Fiscal.
Fecha de norma: 27/01/1956
Gaceta: 12995 (29/06/1956)
Afectación: MODIFICA PARCIALMENTE
La mencionada Ley modifica el Artículo 297, del Código Fiscal.